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PERITOS. ORIGEN DE LA PROFESIÓN.

Durante cientos de años de profesión, las Universidades han formado centenares de miles de profesionales con las titulos oficiales universitarios de " Peritos", " Directores de Industrias", "Técnicos Industriales", "Peritos Industriales", "Ingenieros Técnicos", "Ingenieros Técnicos Industriales", y finalmente "Ingenieros Técnicos especialistas". Todos ellos han contribuido decisivamente en el desarrollo tecnológico y en el bienestar de los ciudadanos de nuestro país.

Las enseñanzas industriales en España en 1867 mostraban un panorama muy sombrío. En 1857, la Ley Moyano había consagrado la desaparición de la enseñanza elemental como enseñanza vinculada a la ingeniería. La enseñanza elemental desapareció como estudio independiente puesto que se transfirió a los institutos de 2ª enseñanza en forma de “enseñanzas de aplicación a las profesiones industriales”. En los citados institutos se accedía a los diez años para cursar estudios generales durante dos períodos docentes, finalizados los cuales se abría, ahora, la posibilidad de cursar las citadas enseñanzas de aplicación a las profesiones industriales.



La Ley Moyano, al transformar las escuelas industriales profesionales (antes llamadas de ampliación) en superiores, extinguió las enseñanzas profesionales. Tras el cierre de otras escuelas superiores industriales (Gijón y Vergara en 1860, Valencia y Sevilla en 1865 y 1866 respectivamente) desapareció también el Real Instituto Industrial de Madrid en 1867. Así pues, la Escuela de Barcelona, a partir de 1865 conocida con el nombre de Escuela de Ingenieros Industriales de Barcelona, fue la única en su categoría. La Escuela logró subsistir gracias al acuerdo tripartito para compartir su sostenimiento entre el Estado, la Diputación de Barcelona y el Ayuntamiento de la ciudad y, en 1868, puso en marcha, en horario nocturno, unas enseñanzas para obreros.

Esta situación empezaría a cambiar durante el sexenio revolucionario (1868- 1874). El 21 de octubre de 1868, el ministro de Fomento Ruiz Zorrilla promulgaba mediante decreto la libertad docente, a la vez que declaraba que “ la enseñanza es libre en todos sus grados y cualquiera que sea su clase”; por lo que se autorizaba la fundación libre de centros de enseñanza. En enero de 1869, otro decreto autorizaba a las diputaciones provinciales y a los ayuntamientos a fundar libremente con fondos propios toda clase de establecimientos de enseñanzas. Al calor de este decreto surgieron diversos centros en numerosos lugares, e incluso alguna universidad, como la Libre de Córdoba.

En pocos lugares se intentó crear una enseñanza industrial para obreros, aunque cabe citar la Escuela Libre Profesional de Huelva y la Escuela Industrial de Artesanos de Valencia. En 1871, el Conservatorio de Artes de Madrid creó la Escuela de Artes y Oficios de Madrid, nocturna para obreros, y que serviría de modelo a aquellas que proliferarían por toda España durante la Restauración. Así, por ejemplo, en 1873 la Escuela para obreros de Barcelona daría lugar a la Escuela Libre Provincial de Artes y Oficios de Barcelona, agregada a la Escuela de Ingenieros Industriales de Barcelona y sostenida por la Diputación provincial.


Trece años más tarde, el Real Decreto del 6 de noviembre de 1886 potencia la Escuela de Artes y Oficios de Madrid, que adquiere la categoría de Central (Escuela Central de Artes y Oficios de Madrid), y se crean otras siete Escuelas de Artes y Oficios nocturnas, sostenidas por el Estado, en Alcoy, Almería, Béjar, Gijón, Logroño, Santiago y Vilanova i La Geltrú, con el objeto de “ instruir maestros de taller, contramaestres, maquinistas y artesanos”.

En el período comprendido entre 1886 y 1900, las Escuelas de Artes y Oficios cambian sucesivamente de nombre: Escuelas de Artes e Industrias, primero, Escuelas Superiores de Artes e Industrias, después. En 1895, el Real Decreto del 20 de agosto establece el Plan de estudios que se podrá cursar en la Escuela Superior de Artes e Industrias de Madrid, que da la posibilidad de obtener el título de Perito mecánico – electricista. Dado que en 1989 se había creado la Escuela de Ingenieros Industriales de Bilbao, el siglo XIX finaliza con dos Escuelas de Ingenieros Industriales en España (Barcelona y Bilbao), con una estructura incipiente de escuelas de enseñanza elemental y una única enseñanza de carácter marcadamente profesional en la Escuela de Madrid que otorga los primeros títulos de perito.

Fomento del Trabajo Nacional, organización patronal catalana, inspiró el sentido de la reforma de la instrucción pública en España con su proyecto de Escuelas Industriales, presentado en 1900 al ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes. Así, el Real Decreto del 17 de agosto de 1901 estableció los ejes de la reforma de las enseñanzas industriales, organizando las enseñanzas técnicas especializadas en estudios elementales y superiores de industrias. Los primeros se impartirían en los Institutos provinciales y darían lugar al certificado de Práctico industrial; los segundos se debían cursar en las nuevas Escuelas Superiores de Industrias (las antiguas Escuelas de Artes e Industrias, antes llamadas de Artes y Oficios) con el objeto de formar Peritos. En la Exposición del RD a la Reina regente puede leerse: “Con la creación de las escuelas elementales y superiores de industrias, trátase de formar prácticos y peritos bien instruidos en todos los pormenores de la técnica industrial y avezados a las prácticas de taller”.

La reforma de Romanones creó Escuelas Superiores de Industrias en Alcoy, Béjar, Cartagena, Gijón, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Tarrasa, Vigo y Vilanova i la Geltrú, lo cual significaría, para algunas de ellas, la consolidación de sus escuelas inicialmente llamadas de Artes y Oficios. En las nuevas escuelas se otorgarían certificados de Mecánico, Electricista, Metalurgista ensayador, Químico o Aparejador, según el caso, títulos que darían derecho a ejercer las profesiones respectivas y a matricularse en las Escuelas Superiores de Ingenieros Industriales de Barcelona y Bilbao, así como en la Escuela Central de Ingenieros Industriales de Madrid que se creó en este mismo Real Decreto.

Sin lugar a dudas, en España y en el ámbito industrial, debemos considerar el Real Decreto del 17 de agosto de 1901 de Romanones como punto de referencia de la creación del título de Perito, es decir, de una nueva profesión. A modo de ejemplo, en el libro conmemorativo L’Escola Industrial de Terrassa 1902–2002. Cent Anys de Vida Universitària, que incluye la relación de titulaciones impartidas por la escuela por años y especializaciones, para 1902 leemos: Título Perito - Especializaciones Mecánica, Electricista, Químico, Industrias Textiles.

Una instancia elevada a Instrucción Pública, en representación de los Peritos mecánicos electricistas que obtuvieron su título en la Escuela Superior de Artes e Industrias de Madrid, solicitando que “se determinen los cargos para los cuales habrán de ser preferidos los poseedores del mencionado título”, dio lugar a la Real Orden del 26 de agosto de 1903, que dispuso que los alumnos “ que hayan obtenido el título de Perito mecánico electricista” en la Escuela Superior de Artes e Industrias de Madrid “con sujeción al plan de estudios del 20 de agosto de 1895, o el certificado equivalente, con arreglo al del 4 de enero de 1900, y los que en la citada o en otra escuela adquieran el título de Perito industrial en las condiciones que determinan el Real Decreto del 17 de agosto de 1901 y su complementario de 10 de enero de 1902, se han de considerar oficialmente autorizados:

1. Para servir de ayudantes a los Ingenieros Industriales, con preferencia a cualquier otro aspirante que no acredite haber cursado y aprobado éstos o más extensos estudios.
2. Para firmar proyectos y realizarlos en obras particulares cuya importancia no exija la intervención de un Ingeniero industrial.
3. Para informar como Peritos en cuestiones de su especial competencia.

Además, serán preferidos en el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, y recomendados por éste a los demás Ministerios, para la provisión, dentro de la demás condiciones que la regulen, de aquellos cargos públicos que requieran conocimientos técnicos de su especialidad”.

 


 

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